Federación de Enseñanza de CCOO de Cantabria | 30 diciembre 2024.

Resumen mesa técnica 20.06.24

    21/06/2024.
    Mesa Técniac 20.06.24

    Mesa Técniac 20.06.24

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    Asistentes por sindicatos: CCOO, STEC, ANPE, TU, UGT

     

    Asistentes por la Administración: Directora General de FP, Jefa de la Unidad Técnica de FP, Director General de Personal, Jefe de Recursos Humanos

     

     

    1.     Situación de FP por la figura de los expertos regulada por el nuevo Real Decreto 659/2023

     

    El nuevo Real Decreto de FP abre la puerta a la generalización de la figura del “experto”, es decir, un trabajador “externo” al que se contrata para dar clase en lugar de utilizar docentes funcionarios (de carrera o interinos). Se optaría, por tanto, por profesionales del sector productivo concreto del ciclo en lugar de por profesores de FP con los requisitos habituales de titulación.

     

    La Administración anticipa que en Cantabria están “tranquilos” porque lo ven como algo que tendrá una aplicación muy “residual” en nuestra comunidad y que no tienen intención de usar esa figura “salvo casos excepcionales”. Dicen que abogarán por la contratación de docentes funcionaris como se viene haciendo.

     

    La propuesta de la Administración para este tipo de puestos es la siguiente:

     

    1.- Crear, aparte de las listas ya existentes, otras nuevas listas de docentes, adscritas a alguna de las especialidades habituales (por ejemplo, la de Lengua de Signos Española sería una lista “especial” de la especialidad de Servicios a la Comunidad). Las características de estos puestos serían las siguientes:

     

    ·       Requisitos: Los profesores tendrían que cumplir el requisito general del cuerpo (es decir, tener diplomatura o grado para el caso de los cuerpos A2, tener licenciatura o grado para el caso de los cuerpos A1) y, además, alguna acreditación que demuestre conocimientos en aquel ámbito en el que se necesita la especialización. 

     

    ·       Funcionamiento y criterios de reordenación: Esas listas funcionarían como las actuales listas únicas de FP.

     

    ·       ¿Qué sucedería con esos puestos a medio plazo?: Si la Administración las considera plazas estructurales, a los tres años acabarían saliendo para la oposición de la especialidad a la que están adscritas, siendo voluntario para los docentes que superen la oposición solicitarlas, como sucede con las bilingües. En caso de que queden desiertas, se seguirían ofreciendo vía listas de interinos.

     

     

    ·       Contratación: Se haría con el mismo tipo de relación que el resto de docentes, es decir, con nombramientos como funcionarios de carrera o funcionarios interinos.

     

    ·       ¿Qué pasa si no se consigue cubrir la plaza?: La Administración dice que, si se agota esta lista, sacarán al menos una convocatoria para ampliarla antes de recurrir a los expertos.

     

     

    2.- Según la Administración, solo si no es posible cubrir las plazas mediante listas de interinos especiales (o mediante adjudicación a funcionarios de carrera), se recurriría a la contratación de “expertos”:

     

    ·       Requisitos: Formación específica que demuestre los conocimientos en la materia. No haría falta, por tanto, titulación universitaria ni máster.

     

    ·       Contratación: Serían contratados como personal laboral y no como funcionarios. Estas plazas podrían existir hasta un máximo de tres años.

     

    ·       Evaluación: La normativa en estos casos apunta a que recae en el jefe de departamento o en el equipo directivo la responsabilidad última de la evaluación de los módulos impartidos por expertos. La Administración dice que regularían qué hacer en tal extremo, porque los equipos directivos pueden no ser de la misma especialidad que el experto.

     

     

    Respecto al caso concreto de la situación de Servicios a la Comunidad con Lengua de Signos que la Administración ha puesto como ejemplo a lo largo de toda la reunión, la lista seguirá igual, pero puede darse el caso de que tengan que sacar alguna nueva lista en otra especialidad para otras necesidades específicas, con la idea de aplicar ya estos criterios que han propuesto.

     

     

    Desde la parte sindical hemos propuesto:

     

    ·       Ofrecer más formación a los docentes: Ofrecer cursos de formación a los docentes que cumplen los requisitos facilitaría no tener que recurrir a la figura de expertos.

     

    o   La Directora General de FP no lo ve viable porque con la legislación actual sería posible contratar expertos en todos los módulos y porque dice que, “en anteriores ocasiones, se han ofrecido formaciones para cursos de especialización y, posteriormente, los docentes que accedieron a la formación luego no solicitaban esas plazas”. Asegura que, a pesar de ello, están abiertos para pensar en formaciones específicas.

     

    ·       Preguntar quién va a establecer la necesidad de contratar expertos: El Real Decreto abre la puerta a que los equipos directivos determinen la necesidad de contratar expertos. La DG de Formación Permanente  dice que no lo han concretado, pero que en todo caso en Cantabria sería algo muy residual. La Consejería dice que no están de acuerdo con ese modelo, que ellos quieren recurrir a docentes con todos los requisitos de titulación, aunque saben que hay comunidades que sí quieren utilizar la figura de los expertos de manera amplia. Aun así, en Cantabria, afirman, estas contrataciones las gestionará la Administración y no los propios centros, por lo que estos últimos no tendrán la capacidad de proponer a quién se contrata y a quién no, como da a entender el Real Decreto.

     

    ·       Pedimos que haya una normativa escrita y negociada: Independientemente de cuál sea el sistema elegido, debe ser negociado con los sindicatos y quedar reflejado por escrito, sin lugar a arbitrariedades.

     

     

    Otras cuestiones de la reunión:

     

    Complemento de equiparación a los antiguos miembros del Cuerpo de Profesores Técnicos de FP: Desde la parte sindical se insiste en que la Consejería equipare salarialmente a integrados y no integrados puesto que están desempeñando las mismas funciones, independientemente de su condición de funcionarios de carrera o interinos y de si tienen o no titulación universitaria.

     

    Equipo de orientación profesional: El nuevo equipo atenderá de momento a los tres centros integrados, las EOI, los conservatorio y los CEPA, aunque la Administración afirma que valorarán ampliarlo en el futuro a aquellos otros centros con FP que puedan necesitarlo.

     

    Oposiciones:

     

              Peluquería: De cara a futuras convocatorias, la Administración valorará que se utilice material de los propios centros para que los aspirantes no tengan que llevar el suyo (o, al menos, el menor posible).

     

              Tribunales de maestros: Se solicita que, dado que hay actividad lectiva en colegios hasta el día 26, los tribunales no empiecen a reunirse hasta el día 27 para que sus miembros no tengan jornadas maratonianas.

     

    ¿Qué piensa CCOO?

     

    1.     La legislación de FP se está desarrollando al margen de la comunidad educativa y es intolerable. En este caso, la posibilidad que se ha abierto a nivel estatal de desarrollar de forma masiva la figura del “experto” es un ataque al sistema educativo que:

     

    a.     Debilita el papel de la negociación colectiva en materia de contratación del personal, facilitando a las Consejerías (e incluso a los centros) tener mayor autonomía aún en la decisión de a quién y cuándo contratar, con los riesgos que eso conlleva para el conjunto del profesorado. Es fundamental que los sindicatos tengan fuerza en la negociación, pues cuando esto no es así (como sucede con al confeccionar los cupos), la debilidad de la parte de los trabajadores es tal que se está a merced de las decisiones de la empresa-Administración.

     

    b.     En ese mismo sentido, dividirá a las plantillas docentes en diferentes regímenes de contratación: los expertos son personal laboral, regido por el Estatuto de los Trabajadores, mientras que los funcionarios se rigen por el Estatuto Básico del Empleado Público. Ya se observan diferencias en el trato incluso entre funcionarios de carrera, en prácticas e interinos, por lo que establecer sin necesidad otro régimen de contratación segmenta a la plantilla y es un palo en la rueda más para que los y las trabajadoras nos organicemos juntos para defender nuestros derechos.

     

    c.     La división en diferentes tipos de contratación puede suponer también una presión a la baja de las condiciones de trabajo del personal funcionario e interino, incluidas las condiciones salariales. Recientemente, hemos vivido el episodio en el que la Consejería intentaba eliminar a las maestras de las aulas de un año sustituyéndolas por Técnicos Superiores de Educación Infantil (TSEI) por un criterio de “sostenibilidad”, o, dicho de otra manera, aprovechar que los contratos a los TSEI son absolutamente precarios para eliminar plazas de Maestros, que tienen una retribución mayor (aunque sea igualmente insuficiente). La situación de las aulas de un año solo se resolvió favorablemente gracias a la movilización del profesorado.

     

    d.     Plantea riesgos para la calidad educativa, en la medida en que no se exige para la figura del experto la misma formación que para el resto de docentes.

     

    2.     La decisión de generalizar la figura del experto es una forma de privatizar la educación más o menos veladamente. A fin de cuentas, la idea fundamental del experto es que sea un trabajador externo, habitualmente asalariado de otra empresa, de tal manera que esos módulos que impartan, en la práctica, pueden venir determinados por las necesidades e intereses de esas empresas. El análisis de esta medida y la posibilidad de una cada vez mayor influencia de las empresas en el sistema educativo no puede desligarse de otros nuevos elementos de la Ley de FP, como la dualización de todas las enseñanzas. 

     

    3.     Tampoco puede desligarse la intención de favorecer la contratación de expertos externos de la situación general del mercado laboral, en el que las patronales (y la Administración, no lo olvidemos, tiene también carácter de empresa) intentan que los contratos tengan un carácter cada vez más temporal, “a demanda”, de tal manera que la estabilidad de los nombramientos de funcionarios les supone un incordio. El personal funcionario, ya sea de carrera o interino, no podemos dar por descontadas nuestra “estabilidad” y debemos rechazar las medidas que puedan ponerla en riesgo. Ejemplo de que esto es así es el propio proceso de estabilización, en el que la Administración se ha negado a reconocer el carácter estructural de muchas plazas, precisamente, para no tener funcionaros de carrera adscritos a ella. 

     

    4.     Si el profesorado queremos evitar que sigan decidiendo elementos fundamentales del sistema educativo y de nuestras condiciones de trabajo sin nosotros y nosotras, tenemos que aumentar nuestro nivel de organización y, por lo tanto, aumentar los niveles de afiliación sindical. Igualmente, se debe caminar hacia la unidad sindical, como en Cantabria venimos desarrollando en la Junta de Personal con la campaña #EsAhora.

     

    5.     En vista del nefasto marco estatal, la propuesta de la Consejería de favorecer los nombramientos de interinos y ofrecer voluntariamente esas plazas a funcionario parece aceptable, y si efectivamente la llevan a cabo, podría parchear la situación en grandísima medida.

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